El BCRA emitió ayer las Comunicaciones A 8073 y A 8074 mediante la cuales se implementan tres medidas para flexibilizar el acceso al mercado de cambios:

1) Flexibilización en los Plazos de Pago de Importaciones

Para las importaciones de bienes en general, para los despachos a plaza oficializados a partir del 01/08/2024, en lugar de las 4 cuotas actuales, se implementa un nuevo cronograma de pagos en 2 cuotas, cada una por el el 50% del FOB. La primera se podrá abonar a los 30 días de la oficialización, y el restante 50% a los 60 días de dicha fecha.

Este cambio no modifica el beneficio que mantienen las MiPymes de pagar sus importaciones a los 30 días del despacho.

En cuanto a los bienes “suntuarios” y automóviles terminados, se acorta el plazo actual de 120 días a 90 días para pagar el FOB de aquellas importaciones oficializadas a partir del 01/08/2024.

2) Aumento del Monto No Obligado a Liquidar por Exportación de Servicios

Las personas humanas que exporten servicios, podrán percibir directamente en moneda extranjera (en su cuenta bancaria local) hasta un total de 24.000 dólares por año calendario, sin obligación de liquidarlos en el mercado de cambios.

3) Quita de Restricciones para Acceder al Dólar MEP y CCL

Removió a partir del 24/7 la compra de Dólar MEP y otras operaciones de adquisición con Pesos de títulos valores liquidables en moneda extranjera y otros activos (incluyendo criptoactivos), para aquellas personas humanas o jurídicas que son o han sido beneficiarias de ayuda del Estado, tales como créditos a tasa cero o subsidiada, subsidios a los servicios públicos, refinanciaciones de tarjetas de crédito durante la pandemia, programa ATP, entre otros.

Ver comunicado completo del BCRA

Flexibilización y modificaciones para el acceso al mercado de cambios