Les recordamos que se encuentra vigente el Decreto Nº 302/2021.

El mismo establece que las MiPyMEs que realicen exportaciones, respecto de las mercaderías definidas en el anexo del decreto, estarán exentas de pagar el derecho de exportación para un monto FOB de hasta USD 500.000. Cuando se supere este monto, hasta la suma FOB de USD 1.000.000, se abonará una alícuota equivalente al 50% del arancel que corresponda, según su posición arancelaria.

Este beneficio es para empresas con certificado MiPyME vigente y cuyas exportaciones en el año calendario inmediato anterior no hubieran excedido la suma equivalente a USD 3.000.000.

Texto completo del Decreto 302/2021