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Res. Gral. Conjunta AFIP y SC 5478/24
A través de un suplemento del Boletín Oficial de ayer, la AFIP en conjunto con la Secretaría de Comercio reglamenta, emitieron la Resolución General N° 5478, mediante la cual establecieron que no será necesaria la evaluación de la Capacidad Económica Financiera (CEF) de los operadores para la registración de declaraciones mediante el Sistema Estadístico de Importaciones (SEDI).
Por otro lado, la Resolución extendió la inscripción en el Padrón de Deuda Comercial por Importaciones con Proveedores del Exterior a las importaciones vía régimen de courier y declaraciones de Ingreso a Zona Franca (ZFI).
Además se prorrogó la fecha límite para que los importadores puedan realizar el registro de deuda en el Padrón hasta el 24 de enero, inclusive.
Más información: www.afip.gob.ar/sedi