El Directorio del Banco Central de la República Argentina (BCRA) aprobó el Reglamento Operativo para poner en funcionamiento a partir hoy el Convenio del Sistema de Pagos en Moneda Local con el Banco Central del Paraguay (BCP), destinado a la canalización de los pagos correspondientes a operaciones entre personas físicas o jurídicas, residentes, domiciliadas o con sede en los respectivos países. De esta manera, Paraguay se suma a Brasil y Uruguay, países con los que el BCRA ya estableció convenios de pago en monedas locales.

En Agosto 2020 AIERA, mediante un Comunicado de Prensa, solicitó el relanzamiento del Sistema de pagos en Monedas Locales. Adjuntamos a continuación dicho Comunicado: AIERA solicita relanzar el Sistema de Pagos en Monedas Locales: “SML - Una oportunidad y una necesidad para Argentina y el Mercosur”

En el marco del Convenio mencionado entre los Bancos Centrales de ambos países las operaciones que se podrán cursar a través del Sistema de Monedas Locales son:

  • Anticipos y cobros de exportaciones argentinas de bienes y servicios conexos que se documenten en pesos argentinos.
  • Pagos de importaciones argentinas de bienes y servicios conexos, que se documenten en la moneda de curso legal del país de la contraparte.
  • Pagos de jubilaciones y otros beneficios previsionales a cargo de las instituciones previsionales de los países cuando exista un acuerdo bilateral suscripto entre las instituciones.

En el caso de la República del Paraguay, adicionalmente podrán ser cursadas las siguientes operaciones y sus devoluciones:

  • Anticipos y cobros de exportaciones argentinas de bienes y servicios conexos a dicho país que se documenten en guaraníes.
  • Cobros de servicios no conexos al comercio exterior de bienes, excepto servicios financieros, prestados por residentes argentinos a residentes paraguayos y que se documenten en pesos argentinos o en guaraníes.
  • Pagos de servicios no conexos al comercio exterior de bienes, excepto servicios financieros, prestados por residentes paraguayos a residentes argentinos y que se documenten en pesos argentinos o en guaraníes.
  • Ingresos y remisión de transferencias en concepto de ayuda familiar.

En todos los casos, la entidad deberá requerir una declaración jurada del cliente respecto a que la operación corresponde a aquellas comprendidas en este sistema y que se cumplen las disposiciones específicas y generales que le resulten normativamente aplicables.

Acompañamos Comunicaciones del BCRA relacionadas: A7307A7308

Fuente: BCRA

PARAGUAY SE SUMA AL SISTEMA DE PAGOS EN MONEDAS LOCALES